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Aprueban nuevo esquema para los Planes de Ahorro

Con el fin de dar cumplimiento al artículo 60 de la Ley de Emergencia Económica se aprobó la propuesta orientada al universo de ahorristas y adjudicatarios de Planes de Ahorro que pudieren haberse visto afectado en su capacidad de pago de las cuotas por el impacto de las variaciones macroeconómicas.

La misma fue aprobada tras meses de gestión y trabajo conjunto entre la Cámara de Ahorro Previo Automotores (CAPA), la secretaría de Comercio Interior, la Inspección General de Justicia (IGJ) y el Banco Central de la República Argentina (BCRA). 

La propuesta quedó reflejada en la Resolución 14/2020 de la IGJ  publicada en el Boletín Oficial (11/04/20) y través de la cual las entidades que integran la Cámara de Ahorro Previo de Automotores (CAPA) están habilitadas a ofrecer a sus clientes un nuevo esquema de diferimiento:

  • Posponer el inicio de las ejecuciones prendarias hasta el 30 de septiembre de 2020.
  • No cobrar los intereses punitorios por no pagar en término hasta el 31 de diciembre de 2020
  • Aquellos suscriptores y adjudicados, que integraron un grupo antes del 30 de septiembre de 2019, pueden contar con un descuento (diferimiento) de 30% de la alícuota y cargas administrativas en los primeros 4 meses, del 20% los siguientes 4 meses y 10% los siguientes 4 meses contados desde la aceptación por parte del suscriptor.
  • Para aquellos clientes a los cuales le resten hasta 12 cuotas por vencer el esquema será de 20% de descuento (diferimiento) los primeros 4 meses y 10% en los siguientes.
  • En aquellos casos con hasta 4 o menos cuotas por vencer se le aplicará un descuento del 10%. Dicha opción podrá ejercerse hasta el 30 de junio de 2020.
  • El recupero de ese descuento (diferimiento) se hará en un máximo de 12 cuotas una vez finalizado el plan de ahorro de acuerdo a la dedición del cliente.
  • Se bonificará el 58,33% del diferimiento que surja del punto 3), a aquellos clientes que cumplan con las siguientes condiciones: Que haya suscripto un modelo incluido en una lista que cada una de las terminales automotrices presentó a la Secretaría de Comercio Interior en relación con esta propuesta. Que haya aceptado la adjudicación y retirado el vehículo. Que haya retirado el modelo base del plan o la versión del mismo modelo inmediatamente superior a la suscripta.Que haya pagado la totalidad de las cuotas en término, incluyendo las cuotas correspondientes al recupero de diferimiento. Que no haya adelantado cuotas excluyendo las ofertas de licitación.

El diferimiento y/o descuento no aplica a aquellos suscriptores que abarcados por medidas judiciales hayan ordenado una reducción compulsiva de sus cuotas o la retrotracción de sus valores a cierta fecha. Las que se ordenaren a futuro dejarán sin efecto el diferimiento y bonificaciones que pudieran corresponder. 

Asimismo, a través del uso de diversas plataformas, se profundizarán las acciones de comunicación por parte de las administradoras para que el cliente cuente con toda la información necesaria y transparente para ningunos de los involucrados en el proceso incurra en algún tipo de falta.

Todos los detalles de la Resolución: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/227700/20200411

 


CÓMO FUNCIONA UN PLAN DE AHORRO/ REPRESENTATIVIDAD

 (Imagen Ver PDF): se descarga en margen derecho

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